TÍTULO III. Del régimen económico matrimonial · CAPÍTULO IV. De la sociedad de gananciales · Sección segunda. De la administración y usufructo de la dote
Artículo 1361.
Se presumen gananciales los bienes existentes en el matrimonio mientras no se pruebe que pertenecen privativamente a uno de los dos cónyuges.
> <small>Se modifica por el art. único.14 de la Ley 13/2005, de 1 de julio. [Ref. BOE-A-2005-11364](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2005-11364).</small>
> <small>Se modifica por el art. 3 de la Ley 11/1981, de 13 de mayo. [Ref. BOE-A-1981-11198](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1981-11198).</small>
> <small>Se modifica por el art. 2 de la Ley 14/1975, de 2 de mayo. [Ref. BOE-A-1975-9245](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1975-9245).</small>
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