TÍTULO IV. Del contrato de compra y venta · CAPÍTULO VI. De la resolución de la venta · Sección 1.ª Del retracto convencional
Artículo 1516.
Cada uno de los copropietarios de una finca indivisa, que hubiese vendido separadamente su parte, podrá ejercitar, con la misma separación, el derecho de retracto por su porción respectiva, y el comprador no podrá obligarle a redimir la totalidad de la finca.
Texto oficial de Código Civil (BOE-A-1889-4763). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.