CAPÍTULO IV. Órganos para el ejercicio de las funciones primordiales universitarias y normas generales para su funcionamiento
Artículo 22.
La convalidación de títulos académicos extranjeros, a los efectos de concederles valor profesional en España, compete al Ministerio de Educación Nacional: en el título que éste expida se hará constar la Universidad que confirió el grado.
Texto oficial de Ley de 29 de julio de 1943 sobre ordenación de la Universidad española (BOE-A-1943-7181). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 22. — Ley de 29 de julio de 1943 sobre ordenación de la Universidad española · BOE Fácil