Se constituye un Patronato Nacional de Archivos Históricos de Protocolos, que será presidido por el Ministro de Justicia o persona en quien delegue, e integrado por los Directores generales de los Registros y del Notariado y el de Archivos y Bibliotecas; un miembro de la Real Academia de la Historia, designado por la misma; el Decano del Colegio Notarial de Madrid o persona que le represente; el Inspector general de Archivos; el Director del Archivo Histórico Nacional; un Notario que se haya destacado por sus trabajos de investigación histórica y organización de archivos, y el Jefe de la Sección de Notarios de la Dirección General de los Registros y del Notariado, que actuará de Secretario.
Todos los acuerdos del Patronato serán notificados a la Dirección General de los Registros y del Notariado y a la de Archivos y Bibliotecas, que cuidarán de su cumplimiento dentro de los límites de su jurisdicción.
Texto oficial de Decreto de 2 de marzo de 1945 por el que se reorganiza la Sección Histórica en los Archivos de Protocolos (BOE-A-1945-2915). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 11. — Decreto de 2 de marzo de 1945 por el que se reorganiza la Sección Histórica en los Archivos de Protocolos · BOE Fácil