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ley · BOE-A-1955-10410

Ley de 20 de julio de 1955 sobre conservación y mejora de suelos agrícolas

Estado
Vigente
Publicación
21/7/1955
Ámbito
Estatal
Departamento
Jefatura del Estado

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

Esta ley declaró de utilidad pública la conservación del suelo agrícola español, permitiendo al Ministerio de Agricultura imponer obligaciones de obras y labores de conservación a fincas concretas mediante un «Plan de Conservación del Suelo Agrícola», sancionando su incumplimiento.

A quién afecta: Propietarios y cultivadores directos de fincas rústicas afectadas por la erosión o denudación del suelo, y el Ministerio de Agricultura.

  • El artículo 1 declara de utilidad pública e interés nacional las obras y labores necesarias para conservar el suelo de las fincas rústicas dedicadas al cultivo agrícola.
  • El artículo 3 exige la previa aprobación de un Plan de Conservación del Suelo Agrícola antes de imponer obligaciones a fincas concretas.
  • El artículo 6 sanciona el incumplimiento de las obligaciones impuestas por el Plan de Conservación del Suelo Agrícola.
¿Puede el Ministerio de Agricultura obligar a un propietario a hacer obras contra la erosión de su finca?

Sí, mediante un Plan de Conservación del Suelo Agrícola previamente aprobado, según los artículos 2 y 3, cuyo incumplimiento se sanciona conforme al artículo 6.

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

Texto reproducido de fuente oficial. BOE Fácil no ofrece asesoramiento jurídico; para uso legal, verifica siempre la versión consolidada en boe.es. Corpus importado del commit 1c4b5bdfd6 de legalize-es.

Ley de Conservación de Suelos Agrícolas · BOE Fácil