TÍTULO II. Lucha contra las epizootias. Medidas sanitarias de carácter general · CAPÍTULO XVII. Campañas de lucha contra epizootias
Artículo 179.
En la propuesta de tratamiento sanitario obligatorio se hará un estudio económico de forma que queden entendidas todas las obligaciones de personal, productos biológicos y farmacológicos, gastos de análisis, de instrumental y de locomoción.
Texto oficial de Reglamento de Epizootias (BOE-A-1955-4699). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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