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decreto · BOE-A-1955-4699

Decreto de 4 de febrero de 1955 por el que se aprueba el Reglamento de Epizootias

Estado
Vigente
Publicación
25/3/1955
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de Agricultura

Este decreto aprueba el Reglamento de Epizootias, que desarrolla la Ley de Epizootias y establece las medidas encaminadas a evitar la aparición y difusión de enfermedades infectocontagiosas y parasitarias en los animales domésticos.

A quién afecta: Ganaderos y titulares de explotaciones pecuarias, y los servicios veterinarios oficiales del Ministerio de Agricultura.

  • Desarrolla la Ley de Epizootias de 1952, estableciendo medidas para evitar la aparición y difusión de enfermedades infectocontagiosas y parasitarias en los animales domésticos.
  • Atribuye al Ministerio de Agricultura, y por su delegación a la Dirección General de Ganadería, la competencia sobre las disposiciones y medidas derivadas del Reglamento.
  • Regula la actuación de organismos como el Consejo Superior Veterinario, el Cuerpo Nacional de Inspectores Veterinarios y los Laboratorios Pecuarios en la lucha contra las epizootias.
  • La relación de enfermedades sujetas a declaración oficial ha sido actualizada por normativa posterior, que sustituyó el listado original por uno adaptado a la normativa europea.
¿Qué objetivo tiene el Reglamento de Epizootias?

Establecer las medidas necesarias para evitar la aparición y difusión de las enfermedades infectocontagiosas y parasitarias que atacan a los animales domésticos.

¿Qué organismo tiene la competencia principal en materia de epizootias?

El Ministerio de Agricultura, que la ejerce por delegación a través de la Dirección General de Ganadería y de organismos como el Consejo Superior Veterinario.

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Historial y versiones

Cada entrada es una reforma real, con su fecha oficial.

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