TÍTULO V. Medidas sanitarias especiales aplicables a cada enfermedad · CAPÍTULO XXXI. Brucelosis
Artículo 269.
La Dirección General de Ganadería, a través de servicios especiales, podrá realizar con carácter obligatorio campañas estatales de lucha contra la brucelosis de los animales, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Epizootias vigente.
Texto oficial de Reglamento de Epizootias (BOE-A-1955-4699). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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