TÍTULO IV. De los asientos en general y modo de practicarlos · CAPÍTULO III. De los Libros del Registro y de su archivo · Sección quinta. De los libros especiales del Registro Central
Artículo 120.
Texto oficial de Reglamento del Registro Civil de 1958 (BOE-A-1958-18486). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
