TÍTULO PRIMERO. Disposiciones generales · CAPÍTULO II. De la publicidad del Registro · Sección Primera. De las certificaciones
Artículo 24.
Texto oficial de Reglamento del Registro Civil de 1958 (BOE-A-1958-18486). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
