TÍTULO II. De los órganos del Registro · CAPÍTULO II. De los Registros · Sección segunda. De los Registros Consulares y Central
Artículo 50.
Texto oficial de Reglamento del Registro Civil de 1958 (BOE-A-1958-18486). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
