TÍTULO II. Catálogo de Montes · CAPÍTULO III. Exclusiones · Sección 3.ª Pleitos sobre propiedad. Reclamaciones previas a la vía judicial civil
Artículo 58.
Si la reclamación se refiere a la totalidad o parte de un monte catalogado que, además, confine con uno o varios montes de utilidad pública no deslindados, se procederá a efectuar el deslinde por los trámites reglamentarios, concretando la operación o la parte del límite que les sea común.
Texto oficial de Decreto 485/1962, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Montes (BOE-A-1962-6167). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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