CAPÍTULO X. De la responsabilidad y de las sanciones
Disposición transitoria primera.
En el plazo de un año a partir de la entrada en vigor de esta Ley, todas las Empresas periodísticas, Empresas editoriales, Agencias de Información y publicaciones a que la misma afecta, se acomodarán a lo que en ella se dispone, procediendo a inscribirse en los respectivos Registros.
Texto oficial de Ley 14/1966, de 18 de marzo, de Prensa e Imprenta (BOE-A-1966-3501). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición transitoria primera. — Ley 14/1966, de 18 de marzo, de Prensa e Imprenta · BOE Fácil