El Servicio de Control de Estupefacientes está obligado en este aspecto:
a) A suministrar los estupefacientes que sean necesarios para el normal funcionamiento de dichos Centros asistenciales y a controlar su posesión y consumo de ellos.
b) A promover estudios, encargar investigaciones y gestionar el otorgamiento de becas y premios, con objeto de fomentar la mayor eficacia en la lucha contra el mal social de la toxicomanía y en especial la sustitución de medicamentos que la producen por otros sin efectos secundarios, y asimismo el descubrimiento de nuevos métodos de desintoxicación y cura de las personas afectadas.
Texto oficial de Ley sobre Estupefacientes (BOE-A-1967-5592). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 26. — Ley sobre Estupefacientes · BOE Fácil