El derecho de explotación comercial de una película cinematográfica podrá ser objeto de hipoteca mobiliaria, conforme al capítulo VI del título II de la Ley de dieciséis de diciembre de mil novecientos cincuenta y cuatro.
Dicha hipoteca se regirá por lo dispuesto en la mencionada Ley, disposiciones que la complementan y desarrollan y, además, por lo que en la presente disposición se establece.
Texto oficial de Decreto 3837/1970, de 31 de diciembre, por el que se regula la hipoteca mobiliaria de películas cinematográficas (BOE-A-1971-142). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 1. — Decreto 3837/1970, de 31 de diciembre, por el que se regula la hipoteca mobiliaria de películas cinematográficas · BOE Fácil