decreto · BOE-A-1973-1530
Decreto 2718/1973, de 19 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto de la Mutualidad Notarial
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 7/11/1973
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de Justicia
Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial
Este decreto aprueba el Estatuto de la Mutualidad Notarial, institución de carácter ético-benéfico que agrupa a todos los Notarios de España y tiene a su cargo el pago de auxilios, pensiones y ayudas a los Notarios y sus familias.
A quién afecta: Notarios en activo y jubilados, y sus familias y herederos.
- La Mutualidad Notarial, reconocida como especial por la Ley de 1935, es una institución de carácter ético-benéfico con personalidad jurídica plena.
- Todos los Notarios de España forman parte de la Mutualidad desde la toma de posesión de su primera Notaría, contribuyendo a su sostenimiento.
- Tiene a su cargo los auxilios a los Notarios en activo, las pensiones a los jubilados, y los auxilios y complementos de pensión a las familias de los Notarios fallecidos.
- Deroga expresamente el Estatuto de la Mutualidad Notarial de 1955 y sus disposiciones complementarias.
¿Qué es la Mutualidad Notarial?
Una institución de carácter ético-benéfico, con personalidad jurídica plena, de la que forman parte todos los Notarios de España.
¿Qué prestaciones tiene a su cargo la Mutualidad Notarial?
Los auxilios a los Notarios en activo, las pensiones a los jubilados, y los auxilios, pensiones y becas a las familias e hijos de los Notarios fallecidos.
Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.
Normas relacionadas
Relaciones detectadas automáticamente por cita textual o por notas oficiales de vigencia del BOE — no editoriales.
- Citada por: Orden de 23 de abril de 1971 por la que se revisa la escala del Timbre de la Mutualidad Notarial y la materia relativa a sellos de legitimaciones y legalizaciones notariales (1 menciones)
- Cita a: Ley del Notariado (1 menciones)
- Cita a: Código Civil (2 menciones)
- Citada por: Orden de 12 de enero de 1990 por la que se aprueban escalas del apartado segundo del artículo 4.º del Estatuto de la Mutualidad Notarial (5 menciones)
- Citada por: Integración de Corredores de Comercio en Notarios (1 menciones)
- Derogada por: Integración de Corredores de Comercio en Notarios (1 notas)
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