TÍTULO II. Proceso de elaboración y características de los productos elaborados
Artículo 4. Características del brandy elaborado.
Los brandies elaborados reunirán, para su consumo final, las siguientes características:
1. Su graduación alcohólica estará comprendida entre 34 y 45 grados centesimales, en volumen.
2. **(Suprimido)**
3. **(Suprimido)**
4. El metanol deberá dar reacción positiva, sin exceder su contenido de 1,50 gramos por litro de brandy.
5. El ensayo para la determinación de materias tánicas deberá dar reacción positiva.
6. El contenido en materias reductoras será, como máximo, de 35 gramos por litro de brandy.
7. El contenido en impurezas volátiles, constituidas por los ácidos, ésteres, alcoholes superiores, aldehidos y furfural, expresadas en miligramos por 100 centímetros cúbicos de alcohol absoluto, no será inferior a 150.
8. El contenido en furfural no excederá de 10 miligramos por 100 centímetros cúbicos de alcohol absoluto.
> <small>Se deroga el apartado 9 por el art. 3 del Real Decreto 176/2013, de 8 de marzo. [Ref. BOE-A-2013-3402](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2013-3402).</small>
> <small>Se suprimen los apartados 2 y 3 y se modifica el 9 por el art. 1 del Real Decreto 1908/1984, de 26 de septiembre. [Ref. BOE-A-1984-24205](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1984-24205).</small>
> <small>Redactados los apartados 1 y 6 conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 272, de 13 de noviembre de 1974. [Ref. BOE-A-1974-1811](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1974-1811).</small>
Texto oficial de Decreto 2484/1974, de 9 de agosto, por el que se aprueba la Reglamentación Especial para la Elaboración, Circulación y Comercio del Brandy (BOE-A-1974-1457). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.