TÍTULO I. Planeamiento urbanístico del territorio · CAPÍTULO SEGUNDO. Formación y aprobación de los Planes · Sección tercera. Plazos
Artículo 30. y ocho.
Los Proyectos de Urbanización se redactarán con la antelación necesaria para que las obras a que se refieren puedan realizarse de acuerdo con los plazos previstos en el correspondiente programa de actuación.
Texto oficial de Texto Refundido de la Ley del Suelo y Ordenación Urbana (1976) (BOE-A-1976-11506). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 30. y ocho. — Texto Refundido de la Ley del Suelo y Ordenación Urbana (1976) · BOE Fácil