CAPÍTULO II. Selección, formación y perfeccionamiento, Ingreso en el Cuerpo · Sección cuarta. Cursos de estudios de control de la circulación aérea
Artículo 14.
Los funcionarios en prácticas que durante el Curso de Formación en Control de la Circulación Aérea no superen las notas mínimas exigidas en cada materia o incumplan las normas disciplinarias, causarán baja, perdiendo los derechos de la convocatoria.
> <small>Se modifica por el art. único del Real Decreto 1698/1979, de 29 de junio. [Ref. BOE-A-1979-16701](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1979-16701)</small>
Texto oficial de Real Decreto 2434/1977, de 23 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento del Cuerpo Especial de Controladores de la Circulación Aérea (BOE-A-1977-23555). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 14. — Real Decreto 2434/1977, de 23 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento del Cuerpo Especial de Controladores de la Circulación Aérea · BOE Fácil