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real decreto · BOE-A-1977-30731

Real Decreto 3261/1977, de 1 de diciembre, por el que se da cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 6.º de la Ley 36/1977, de 23 de mayo

Estado
Vigente
Publicación
21/12/1977
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de Justicia

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

Este real decreto regula la selección de aspirantes al ingreso en los Cuerpos y plazas de Instituciones Penitenciarias.

A quién afecta: Aspirantes e Instituciones Penitenciarias.

  • Los candidatos que superan la oposición son nombrados funcionarios en prácticas y deben seguir un curso selectivo en la Escuela de Estudios Penitenciarios.
  • Reserva un porcentaje de vacantes para turno restringido entre funcionarios de otros Cuerpos de la Administración Penitenciaria con la titulación correspondiente.
  • Exige ser español, mayor de edad, y no superar el límite de edad fijado según el Cuerpo al que se aspire.
  • La jubilación forzosa se declara de oficio a los 60, 65 o 70 años, según el Cuerpo penitenciario al que pertenezca el funcionario.
¿A qué edad se declara la jubilación forzosa de los funcionarios de los Cuerpos Especiales de Instituciones Penitenciarias?

A los 65 años.

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

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