TÍTULO IV. Otros auxilios y atenciones · CAPÍTULO II. Actuaciónes de la Administración
Artículo 54.
En todo convenio se establecerá con carácter permanente la proporción porcentual en que habrán de distribuirse entre el ICONA y el propietario del suelo los ingresos procedentes del vuelo creado.
Texto oficial de Reglamento de Aplicación de la Ley de Fomento de Producción Forestal (BOE-A-1978-14632). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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