TÍTULO II. Protección de la legalidad urbanística · CAPÍTULO I. De las obras que se realicen sin licencia u orden de ejecución o sin ajustarse a las condiciones de una u otra
Artículo 33.
Lo establecido en el presente capítulo se entenderá con independencia de las facultades que correspondan a las autoridades competentes, en virtud del régimen específico de autorización o concesión a que están sometidos determinados actos de edificación y uso del suelo.
Texto oficial de Reglamento de Disciplina Urbanística (BOE-A-1978-23852). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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