TÍTULO I. De los derechos y deberes fundamentales · CAPÍTULO TERCERO. De los principios rectores de la política social y económica
Artículo 44.
1. Los poderes públicos promoverán y tutelarán el acceso a la cultura, a la que todos tienen derecho.
2. Los poderes públicos promoverán la ciencia y la investigación científica y técnica en beneficio del interés general.
Texto oficial de Constitución Española (BOE-A-1978-31229). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.