CAPÍTULO SEGUNDO. Las viviendas de protección oficial de promoción privada · Sección tercera. Financiación
Artículo 27. Computabilidad del préstamo base.
Los préstamos base concedidos por los Bancos inscritos en el registro de Bancos y Banqueros, en la cuantía señalada en el artículo veintidós, serán computables en el porcentaje de efectos especiales del coeficiente de inversión.
Asimismo tendrán la consideración de préstamos de regulación especial los otorgados por las Cajas de Ahorras Confederadas y la Caja Postal de Ahorros con igual finalidad y dentro de los mismos límites.
Texto oficial de Reglamento de Desarrollo de la Política de Vivienda (1978) (BOE-A-1979-1217). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 27. Computabilidad del préstamo base. — Reglamento de Desarrollo de la Política de Vivienda (1978) · BOE Fácil