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real decreto · BOE-A-1979-28715

Real Decreto 2756/1979, de 23 de noviembre, por el que el Instituto de Mediación, Arbitraje y Conciliación asume parte de las funciones que tiene encomendadas

Estado
Vigente
Publicación
5/12/1979
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de Trabajo

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

Este real decreto atribuye al Instituto de Mediación, Arbitraje y Conciliación (IMAC) funciones de mediación, conciliación y custodia de estatutos y convenios en el ámbito laboral.

A quién afecta: Empresarios, trabajadores, sindicatos y asociaciones empresariales.

  • El IMAC se hace cargo de los estatutos de sindicatos y asociaciones empresariales, la documentación electoral y los convenios y acuerdos colectivos.
  • El acto de conciliación ante el IMAC es requisito previo obligatorio para la tramitación de cualquier procedimiento laboral.
  • La mediación se realiza con carácter inmediato cuando es solicitada por las partes en conflicto o aceptada tras ser ofrecida por el Instituto.
  • La presentación de la papeleta de conciliación interrumpe los plazos de caducidad de las acciones laborales.
¿Es obligatorio el acto de conciliación ante el IMAC antes de iniciar un procedimiento laboral?

Sí, es requisito previo para la tramitación de cualquier procedimiento laboral.

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

Texto reproducido de fuente oficial. BOE Fácil no ofrece asesoramiento jurídico; para uso legal, verifica siempre la versión consolidada en boe.es. Corpus importado del commit 1c4b5bdfd6 de legalize-es.

Funciones del Instituto de Mediación, Arbitraje y Conciliación · BOE Fácil