ANEXO. Estatutos de la Real Academia de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales · CAPÍTULO VI. Elecciones
Artículo 68.
Los Académicos correspondientes extranjeros serán elegidos por el Pleno de la Academia a propuesta razonada de la Sección correspondiente. Para que la elección sea válida será necesario al voto favorable de la mitad mas uno de los Académicos presentes con derecho a voto.
Texto oficial de Real Decreto 490/1979, de 19 de enero, sobre Estatutos de la Real Academia de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales (BOE-A-1979-7819). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 68. — Real Decreto 490/1979, de 19 de enero, sobre Estatutos de la Real Academia de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales · BOE Fácil