TÍTULO II. COMPOSICIÓN · CAPÍTULO 1. Órganos · Sección 4.ª De los Letrados del Consejo · Subsección 1.ª Disposiciones comunes
Artículo 42. Secreto.
Los Mayores y los Letrados no tienen despacho con el público, pero podrán oír las observaciones o alegaciones que les hiciesen los interesados, sin manifestar nada de cuanto se relacione con el fondo de los asuntos.
Texto oficial de Reglamento Orgánico del Consejo de Estado (BOE-A-1980-18703). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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