La actuación del Instituto en virtud de su personalidad jurídica pública queda, a efectos de procedimiento y recursos en vía administrativa y jurisdiccional, sometida al régimen de la Administración del Estado. Contra las resoluciones del Director del Instituto procede recurso de alzada ante el Consejo Rector, cuyos acuerdos agotan la vía administrativa.
Asimismo son de aplicación al Instituto las normas que rigen el enjuiciamiento penal, civil y laboral, respecto de la Administración del Estado.
Texto oficial de Real Decreto-ley 7/1982, de 30 de abril, por el que se crea el Instituto de Astrofísica de Canarias y se establece su régimen jurídico (BOE-A-1982-10344). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 12. — Real Decreto-ley 7/1982, de 30 de abril, por el que se crea el Instituto de Astrofísica de Canarias y se establece su régimen jurídico · BOE Fácil