El régimen tributario que se establece en la presente Ley quedará condicionado al cumplimiento de los requisitos específicos previstos en cada caso para las ***Agrupaciones***y Uniones mencionadas y a su inscripción en el Registro Especial que al efecto llevará el Ministerio de Hacienda.
> <small>Se suprimen las menciones a las Agrupaciones de Empresas y Contratos de cesión de unidades de obra, por la disposición adicional 1 de la Ley 12/1991, de 29 de abril. [Ref. BOE-A-1991-10511](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1991-10511)</small>
Texto oficial de Ley del Régimen Fiscal de las Uniones Temporales de Empresas (BOE-A-1982-13818). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 3. Aplicación del régimen. — Ley del Régimen Fiscal de las Uniones Temporales de Empresas · BOE Fácil