Los funcionarios de los Cuerpos Especiales al servicio de la Sanidad Local que presten asistencia sanitaria a los beneficiarios de la Seguridad Social, en las condiciones legalmente establecidas, percibirán las remuneraciones que figuran en los Presupuestos del Estado y de la Seguridad Social.
Texto oficial de Ley 20/1982, de 9 de junio, de incompatibilidades en el sector público (BOE-A-1982-15032). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición adicional quinta. — Ley 20/1982, de 9 de junio, de incompatibilidades en el sector público · BOE Fácil