TITULO I. Del Ministerio Fiscal y sus funciones · CAPITULO IV. De las relaciones del Ministerio Fiscal con los poderes públicos
Artículo 10.
El Ministerio Fiscal colaborará con las Cortes Generales a requerimiento de éstas y siempre que no exista obstáculo legal, sin perjuicio de comparecer ante las mismas para informar de aquellos asuntos para los que especialmente fuera requerido. Las Cortes Generales se comunicarán con el Ministerio Fiscal a través de los Presidentes de las Cámaras.
Texto oficial de Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal (BOE-A-1982-837). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.