Se autoriza al Tribunal de Cuentas para convocar y celebrar concurso entre funcionarios de carrera de la Administración del Estado, Institucional y Local, a fin de que los funcionarios seleccionados se incorporen con carácter temporal al servicio del Tribunal hasta que la Ley de Funcionamiento del mismo provea sobre el Estatuto de su personal.
Los funcionarios seleccionados, que no podrán exceder de 15, quedarán en situación de supernumerarios en los cuerpos de procedencia, pasando a percibir la totalidad de sus retribuciones por el Tribunal de Cuentas en cuyos Presupuestos figurarán bajo la rúbrica de «Funcionarios no escalafonados al servicio del Tribunal de Cuentas».
Texto oficial de Ley 9/1983, de 13 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para 1983 (BOE-A-1983-19653). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final quinta. — Ley 9/1983, de 13 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para 1983 · BOE Fácil