La persona titular de la Dirección del Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades, ejercerá la dirección y coordinación de las funciones encomendadas al organismo. Su nombramiento se realizará mediante real decreto, a propuesta de la persona titular del Ministerio al que esté adscrito.
> <small>Se modifica por el art. 17.5 de la Ley 15/2014, de 16 de septiembre. [Ref. BOE-A-2014-9467](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2014-9467).</small>
Texto oficial de Ley 16/1983, de 24 de octubre, de creación del Organismo Autónomo Instituto de la Mujer (BOE-A-1983-28126). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 4. Dirección y coordinación. — Ley 16/1983, de 24 de octubre, de creación del Organismo Autónomo Instituto de la Mujer · BOE Fácil