TÍTULO VIII. De las guardias · Del Capitán de Cuartel
Artículo 156.
El libro de Normas de Régimen Interior fijará sus cometidos concretos para los distintos actos y precisará las relaciones, interiores y con el exterior, que debe establecer en cada situación. Comprobará el funcionamiento de las guardias que de él dependan; supervisará la distribución de las comidas de la tropa, velará por el mantenimiento del orden y el cumplimiento de las normas que regulan las prácticas recreativas u otras que pudieran realizarse en las horas de descanso y, al toque de silencio, se asegurará de que éste se guarda y sólo se realizan aquéllas actividades expresamente ordenadas o permitidas.
Texto oficial de Real Decreto 2945/1983, de 9 de noviembre, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas del Ejército de Tierra (BOE-A-1983-31306). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 156. — Real Decreto 2945/1983, de 9 de noviembre, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas del Ejército de Tierra · BOE Fácil