TÍTULO III. De los mandos de Unidades, Centros y Organismos
Artículo 50.
El Jefe de una Compañía, Escuadrón o Batería tendrá presente que esta Unidad, es en gran medida, fiel reflejo de su Capitán, quien debe dar ejemplo permanente de integridad personal, competencia profesional y demás virtudes castrenses.
Texto oficial de Real Decreto 2945/1983, de 9 de noviembre, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas del Ejército de Tierra (BOE-A-1983-31306). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 50. — Real Decreto 2945/1983, de 9 de noviembre, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas del Ejército de Tierra · BOE Fácil