APÉNDICE I. Acuerdo de constitución del Banco Africano de Desarrollo · CAPÍTULO III. Operaciones
Artículo 22. Método para atender las obligaciones de préstamos para fondos especiales.
Para satisfacer cualquier obligación derivada de la solicitud de préstamo de fondos para su inclusión en los recursos especiales pertenecientes a un Fondo Especial, los correspondientes pagos se efectuarán con cargo a:
i) En primer término, cualquier reserva establecida a tal fin para el Fondo Especial concernido o dentro del mismo; y
ii) A continuación, cualquier otro activo disponible en los recursos especiales pertenecientes a ese Fondo Especial.
Texto oficial de Ley 20/1983, de 26 de noviembre, por la que se autoriza el ingreso de España en el Banco Africano de Desarrollo (BOE-A-1983-31432). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 22. Método para atender las obligaciones de préstamos para fondos especiales. — Ley 20/1983, de 26 de noviembre, por la que se autoriza el ingreso de España en el Banco Africano de Desarrollo · BOE Fácil