TITULO VI. De la asignación y sucesión de Mandos y Jefaturas · De la asignación
Artículo 199.
La Jefatura de Estado Mayor de Ordenes o de Plana Mayor, será desempeñada por un Oficial General o Particular capacitado para esta función y, en el caso de tratarse de una Agrupación Operativa, designado expresamente o a propuesta de su Comandante.
Texto oficial de Real Decreto 1024/1984, de 23 de mayo, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas de la Armada (BOE-A-1984-12106). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 199. — Real Decreto 1024/1984, de 23 de mayo, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas de la Armada · BOE Fácil