TITULO X. De las Unidades de la Infantería de Marina · Del Suboficial de guardia interior
Artículo 415.
Visitará a los rebajados en la Compañía, se preocupará por sus necesidades y tomará las medidas adecuadas para que se les atienda de acuerdo con las prescripciones del Médico. Con los sancionados disciplinariamente cumplirá las instrucciones recibidas.
Texto oficial de Real Decreto 1024/1984, de 23 de mayo, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas de la Armada (BOE-A-1984-12106). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 415. — Real Decreto 1024/1984, de 23 de mayo, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas de la Armada · BOE Fácil