TÍTULO IX. De los servicios · Servicios de armas · Del Servicio de Control de Tránsito Aéreo
Artículo 223.
En el relevo, el jefe del servicio saliente entregará al entrante la Carpeta de Órdenes, informándole de cuantas novedades sean de interés, así como de las instrucciones recibidas. El entrante se hará cargo del material y equipo asignado al servicio y se asegurará que el personal bajo sus órdenes es el previsto, conoce sus obligaciones, los procedimientos operativos que les afecten y las órdenes particulares dictadas, y que todos los equipos a su cargo funcionan correctamente.
Efectuado el relevo darán novedades al Oficial de Vuelo, quien prevendrá al entrante sobre aquellos asuntos que considere merecen especial atención.
Texto oficial de Real Decreto 494/1984, de 22 de febrero, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas del Ejército del Aire (BOE-A-1984-6194). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 223. — Real Decreto 494/1984, de 22 de febrero, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas del Ejército del Aire · BOE Fácil