TÍTULO III. Del mando en las Unidades Aéreas · De los Mandos en el Escuadrón de Seguridad e Instrucción · Del Jefe de la Escuadrilla de Policía
Artículo 89.
Será responsable del gobierno de su Escuadrilla; vigilará que desde el soldado hasta el Teniente cumplan sus obligaciones, manteniendo las prerrogativas de cada empleo; se asegurará que todo el servicio se hace con la mayor puntualidad y que el armamento material, equipo y efectos a su cargo están siempre completos y en el mejor estado, atendiendo a su entretenimiento y seguridad.
Texto oficial de Real Decreto 494/1984, de 22 de febrero, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas del Ejército del Aire (BOE-A-1984-6194). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 89. — Real Decreto 494/1984, de 22 de febrero, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas del Ejército del Aire · BOE Fácil