**(Derogado)**
> <small>Se deroga por la disposición derogatoria única.1 de la Orden TAS/3859/2007, 27 de diciembre. [Ref. BOE-A-2007-22454](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2007-22454).</small>
> <small>Se modifica por la disposición adicional 24 de la Orden de 18 de enero de 1995. [Ref. BOE-A-1995-1739](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1995-1739).</small>
> <small>Esta modificación surte efectos desde el 1 de enero de 1995, según establece la disposición final 2.</small>
> <small>Se corrigen errores en el párrafo primero por el art. único de la Orden de 18 de julio de 1984. [Ref. BOE-A-1984-17301](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1984-17301).</small>
Texto oficial de Orden de 2 de abril de 1984 sobre colaboración de las Mutuas Patronales de Accidentes de Trabajo en la gestión de la Seguridad Social (BOE-A-1984-8735). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 2. — Orden de 2 de abril de 1984 sobre colaboración de las Mutuas Patronales de Accidentes de Trabajo en la gestión de la Seguridad Social · BOE Fácil