1. Son unidades legales de medida las unidades básicas y derivadas del Sistema Internacional de Unidades (SI), adoptado por la Conferencia General de Pesas y Medidas y vigentes en la Unión Europea.
2. Las unidades básicas son:
| Magnitud | Nombre de la unidad | Símbolo |
| --- | --- | --- |
| Longitud | metro | m |
| Masa | Kilogramo | kg |
| Tiempo | segundo | s |
| Intensidad de corriente eléctrica | amperio | A |
| Temperatura termodinámica | Kelvin | K |
| Cantidad de sustancia | mol | mol |
| Intensidad luminosa | candela | cd |
3. Las definiciones de las unidades, sus nombres y símbolos, así como las reglas para la formación de sus múltiplos y submúltiplos, son las del Sistema Internacional de Unidades, y serán establecidas por el Gobierno, por Real Decreto, de conformidad con los acuerdos de la Conferencia General de Pesas y Medidas y la normativa de la Comunidad Económica Europea.
> <small>Se modifica el apartado 1 por el art. 176.2 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre. [Ref. BOE-A-1996-29117](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1996-29117)</small>
> <small>Se modifica por el art. 1 del Real Decreto Legislativo 1296/1986, de 28 de junio. [Ref. BOE-A-1986-17234](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1986-17234)</small>
Texto oficial de Ley 3/1985, de 18 de marzo, de Metrología (BOE-A-1985-4455). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 2. — Ley 3/1985, de 18 de marzo, de Metrología · BOE Fácil