DISPONGO: · II. Compatibilidad de actividades en el sector público
Artículo 4.
En los supuestos en que sea posible la autorización de compatibilidad de actividades públicas, esta se entenderá condicionada a la aplicación de las limitaciones retributivas previstas en el artículo séptimo de la Ley 53/1984.
Texto oficial de Incompatibilidades del Personal de la Administración del Estado (BOE-A-1985-7820). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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