El Consejo de Administración propondrá a la Asamblea General, para su aprobación, el sueldo del Presidente del Consejo de Administración, en caso de que le sea asignado, y las dietas que se señalan en el artículo veinticinco de la Ley 31/1985, de 2 de agosto, las cuales se fijarán dentro de los límites máximos que en cada momento establezca el Banco de España con carácter general para todas las Cajas de Ahorros.
Texto oficial de Real Decreto 798/1986, de 21 de marzo, de desarrollo parcial de la Ley 31/1985, de 2 de agosto, de Regulación de las Normas Básicas sobre Organos Rectores de las Cajas de Ahorros (BOE-A-1986-10229). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 31. Dietas y sueldos. — Real Decreto 798/1986, de 21 de marzo, de desarrollo parcial de la Ley 31/1985, de 2 de agosto, de Regulación de las Normas Básicas sobre Organos Rectores de las Cajas de Ahorros · BOE Fácil