Los Reglamentos de las Cajas de Ahorros deberán contener los criterios para resolver los supuestos de titularidad múltiple o dividida de los depósitos, con el fin de designar un sólo impositor a efectos de lo dispuesto en la Ley 31/1985, de 2 de agosto.
Asimismo, recogerán todas las normas de procedimiento necesarias para el correcto desarrollo y cumplimiento de lo establecido en dicha Ley.
Texto oficial de Real Decreto 798/1986, de 21 de marzo, de desarrollo parcial de la Ley 31/1985, de 2 de agosto, de Regulación de las Normas Básicas sobre Organos Rectores de las Cajas de Ahorros (BOE-A-1986-10229). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 32. Reglamentos. — Real Decreto 798/1986, de 21 de marzo, de desarrollo parcial de la Ley 31/1985, de 2 de agosto, de Regulación de las Normas Básicas sobre Organos Rectores de las Cajas de Ahorros · BOE Fácil