TÍTULO III. De los órganos técnicos al servicio del Consejo General del Poder Judicial · CAPÍTULO II. Del Gabinete Técnico
Artículo 104.
Corresponde a la Sección de Estudios sobre Organización y racionalización de la Oficina Judicial:
Analizar y obtener conclusiones de la estadística judicial, y coordinar su confección con el Instituto Nacional de Estadística y otros organismos públicos.
Realizan los estudios previos para preparar los acuerdos del Consejo relativos a sus facultades de informe en materia de demarcación judicial y fijación de plantillas generales y orgánicas de Jueces y Magistrados y demás personal colaborador de la Administración de Justicia.
Realizar estudios y propuestas sobre procedimientos, simplificación, normalización, racionalización y mejora de Ios métodos de trabajo en la Administración de Justicia.
Elaborar estudios y propuestas relativas a la intervención del Consejo en el equipamiento electrónico e informático de los órnanos judiciales y en la formación del personal judicial sobre su utilización.
Gestionar la actividad administrativa en orden a las actuaciones del Consejo en las materias anteriormente mencionadas, y en general con cuantas guarden relación con la organización y racionalización de los métodos de trabajo en la Administración de Justicia.
Texto oficial de Acuerdo de 22 de abril de 1986, del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo General del Poder Judicial (BOE-A-1986-10872). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.