TÍTULO III. De los órganos técnicos al servicio del Consejo General del Poder Judicial · CAPÍTULO III. Del Servicio de Personal Judicial
Artículo 108.
Corresponde a la Sección de Selección, Formación y Perfeccionamiento:
1. Tramitar los expedientes de convocatoria de las pruebas selectivas y de especialización de los miembros de la Carrera Judicial.
2. Realizar las actividades precisas para la organización y desarrollo de cursos y jornadas, orientadas a la formación y perfeccionamiento de los Jueces y Magistrados, en colaboración con el Centro de Estudios Judiciales y las instituciones universitarias.
3. Prestar a la Comisión de Calificación el apoyo administrativo preciso para el desarrollo de sus cometidos, ordenando y custodiando la documentación a ella dirigida, tramitando los asuntos de su competencia, y realizando las tareas de ejecución de sus acuerdos y de los del Pleno en las materias atribuidas a la competencia de esta Comisión.
Texto oficial de Acuerdo de 22 de abril de 1986, del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo General del Poder Judicial (BOE-A-1986-10872). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.