TÍTULO III. De los órganos técnicos al servicio del Consejo General del Poder Judicial · CAPÍTULO I. De la Secretaría General
Artículo 94.
Se integrará en la Secretaría General, dependiendo directamente del Secretario General, el Servicio Central de Secretaría General, con la siguiente estructura funcional:
1. Jefatura de Servicio.
2. Sección de Registro General, Archivos y Publicaciones.
3. Sección de Recursos.
4. Oficina de Prensa.
El Jefe del Servicio Central sustituirá al Secretario General en las reuniones de la Comisión Permanente, cuando así le comisione al efecto.
> <small>Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 136, de 7 de junio de 1986. [Ref. BOE-A-1986-14683](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1986-14683)</small>
Texto oficial de Acuerdo de 22 de abril de 1986, del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo General del Poder Judicial (BOE-A-1986-10872). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 94. — Acuerdo de 22 de abril de 1986, del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo General del Poder Judicial · BOE Fácil