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orden · BOE-A-1986-24863

Orden de 15 de septiembre de 1986 por la que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento interno del Consejo Social de la Universidad de Oviedo

Estado
Vigente
Publicación
19/9/1986
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de Educación y Ciencia

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

La Orden de 15 de septiembre de 1986 aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento interno del Consejo Social de la Universidad de Oviedo, el órgano a través del cual la sociedad participa en el gobierno de la universidad, en cumplimiento de la Ley 5/1985 del Consejo Social de Universidades.

A quién afecta: Consejeros del Consejo Social de la Universidad de Oviedo y la propia Universidad, en particular su Junta de Gobierno y Rectorado.

  • El Consejo Social se compone en dos quintas partes por representantes de la Junta de Gobierno (con presencia obligatoria del Rector, el Secretario general y el Gerente) y en las tres quintas partes restantes por representantes de los intereses sociales, entre quienes se elige al Presidente (artículo 3).
  • Entre sus competencias están aprobar el presupuesto anual y la programación plurianual de la Universidad, supervisar sus actividades económicas y el rendimiento de sus servicios, y proponer la creación o supresión de facultades y escuelas (artículo 4).
  • La inasistencia no justificada a dos reuniones consecutivas o tres discontinuas en el año, o la inasistencia a más de la mitad de las sesiones aunque esté justificada, es causa para que el Pleno proponga el cese del Consejero (artículo 7.2).
  • El Consejo Social constituye en su seno una Comisión Permanente formada por el Presidente y cinco vocales, dos en representación de la Junta de Gobierno y tres de los intereses sociales (artículo 14).
  • Los acuerdos del Consejo Social agotan la vía administrativa, y contra ellos cabe recurso de reposición previo a acudir a la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (artículos 26 y 27).
¿Cómo se compone el Consejo Social de la Universidad de Oviedo?

Dos quintas partes son representantes de la Junta de Gobierno (incluyendo obligatoriamente al Rector, el Secretario general y el Gerente) y tres quintas partes representan los intereses sociales (artículo 3).

¿Qué pasa si un Consejero falta a varias reuniones sin justificación?

El Pleno puede proponer su cese ante la autoridad que lo designó si falta sin justificar a dos reuniones consecutivas o tres discontinuas en el año (artículo 7.2).

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

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