real decreto · BOE-A-1986-33766
Real Decreto 2623/1986, de 21 de noviembre, por el que se regulan las instalaciones de antenas de estaciones radioeléctricas de aficionado
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 30/12/1986
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones
Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial
Este real decreto regula las instalaciones de antenas de estaciones radioeléctricas de aficionado, estableciendo el procedimiento de autorización frente a la propiedad del inmueble donde se instalan.
A quién afecta: Radioaficionados titulares de licencias de estación y propietarios de los inmuebles donde se instalan las antenas.
- Todo aspirante a instalar una antena debe solicitarlo a la Dirección General de Telecomunicaciones y presentar una Memoria descriptiva de la estación y sus elementos.
- La propiedad del inmueble, o el Presidente de la Comunidad en régimen de propiedad horizontal, es informada de la solicitud y dispone de dos meses para alegar lo que estime oportuno.
- Como norma general, no se permite más de una instalación de antena de estación de aficionado en un mismo inmueble, salvo que sea técnicamente viable.
- Si la propiedad necesita realizar obras que obliguen a desmontar la antena, debe comunicarlo al titular de la licencia con un mes de antelación, salvo obras urgentes.
¿Puede el propietario del edificio oponerse a la instalación de una antena de radioaficionado?
Sí, dispone de dos meses desde la notificación para alegar lo que se oponga a la idoneidad del emplazamiento.
¿Puede instalarse más de una antena de aficionado en el mismo edificio?
Por regla general no, salvo que sea técnica y radioeléctricamente viable a juicio de la Dirección General de Telecomunicaciones.
Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.
Normas relacionadas
Relaciones detectadas automáticamente por cita textual o por notas oficiales de vigencia del BOE — no editoriales.
- Cita a: Reglamento de Zonas e Instalaciones de Interés para la Defensa Nacional (2 menciones)
- Cita a: Código Civil (1 menciones)
- Cita a: Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (1 menciones)
Texto reproducido de fuente oficial. BOE Fácil no ofrece asesoramiento jurídico; para uso legal, verifica siempre la versión consolidada en boe.es. Corpus importado del commit 1c4b5bdfd6 de legalize-es.
